Viajes: qué productos se pueden llevar en la valija sin pagar impuestos

La Administración Federal de Ingresos Públicos mantiene su sistema de franquicias para viajeros. Estos son los montos permitidos para traer artículos sin pagar impuestos.

Al finalizar las vacaciones de invierno, aquellos que tuvieron la oportunidad de viajar al exterior y disfrutar de nuevos destinos comienzan a prepararse para el regreso a casa. Es fundamental que los viajeros estén al tanto del régimen de equipaje de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para evitar sorpresas al llegar al país.

Aunque el gobierno de Javier Milei ha prometido reformar este sistema de franquicias en el corto plazo, actualmente sigue vigente con límites que deben respetarse para evitar pagar impuestos adicionales.

Los viajeros que regresen a Argentina deberán realizar la declaración de Aduanas si superan la franquicia vigente, transportan mercaderías reguladas por el SENASA, o ingresan dinero en efectivo y/o instrumentos monetarios, en moneda extranjera o nacional, por un valor igual o superior al equivalente a USD 10.000.

La declaración de Aduanas puede completarse a través del formulario digital de declaración de equipaje de entrada, disponible en aplicaciones para dispositivos móviles o en las terminales de autogestión. Si no es posible realizarla digitalmente, se debe completar de manera manual mediante los formularios OM-2087/G5 o OM-2087/G6, según corresponda.

Cuando los viajeros forman un grupo familiar (matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados), la franquicia puede utilizarse de manera conjunta. 

Al salir del país, cualquier viajero que lleve bienes originarios de terceros países como parte de su equipaje debe declararlos y exhibirlos ante el servicio aduanero utilizando el formulario OM 121.

Este servicio permite ingresar datos personales, fecha y lugar de salida del país, y los objetos transportados. El formulario, una vez impreso, debe presentarse ante la Aduana al momento de viajar. El formulario OM 121 es personal e intransferible y debe presentarse al retorno.

Los productos que se pueden ingresar al país sin pagar aranceles incluyen:

– Ropas y objetos de uso personal sin fines comerciales, como una computadora portátil que no requiera fuente externa de energía (notebook o tablet) y un teléfono celular.

– Libros, folletos y periódicos.

– Medicamentos recetados.

Cuánto se debe pagar por ingresar productos

Quienes regresen a Argentina desde el exterior pueden ingresar objetos comprados sin pagar aranceles, siempre y cuando el valor total no supere la franquicia establecida. La franquicia es mensual y no acumulable, y varía según el medio de transporte utilizado para ingresar al país:

Vía terrestre o fluvial: USD 300 en equipaje. Sin franquicia en el free shop de llegada, excepto en Puerto Iguazú que será de USD 500

Vía aérea o marítima: USD 500 en equipaje y USD 500 en el free shop de llegada

Además, los viajeros tienen derecho a una franquicia adicional de USD 500 o su equivalente en otra moneda para bienes adquiridos en free shops de llegada. En el caso de menores de 16 años, la franquicia se reduce al 50%.

Cuando los viajeros forman un grupo familiar (matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados), la franquicia puede utilizarse en forma conjunta.

Si el valor del objeto a ingresar supera la franquicia permitida, se debe pagar un arancel del 50% sobre el monto excedido. Por ejemplo: Valor del objeto (USD 600) – franquicia permitida (USD 500) = excedente (USD 100) – arancel del 50% = total a pagar (USD 50)

Cuánto dinero se puede ingresar o retirar del país

La AFIP permite el ingreso y retiro de sumas inferiores a USD 10.000 o su equivalente en otra moneda sin necesidad de declaración. Para montos superiores, se debe realizar una declaración especial en Aduana mediante el formulario OM 2249A. Los egresos monetarios que excedan este límite deben hacerse por transferencia bancaria. Para menores de 16 años, el importe límite es de USD 5.000.

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