AFIP: los empleadores no tendrán que informar intimaciones
La AFIP decidió derogar los “Telegramas Laborales” para simplificar los trámites.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que los empleadores no están obligados a informar intimaciones. La medida fue confirmada mediante la Resolución General 5560/2024.
Cuáles son las modificaciones en la AFIP según la Resolución General 5560/20-24
De acuerdo con el Boletín Oficial, la Ley 27.742 de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” adoptó un conjunto de medidas para simplificar los trámites y agilizar los procesos. Entre ellas, la derogación de los “Telegramas Laborales”.
Los Telegramas Laborales consistían en las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores enmarcadas en el artículo 1 de la Ley 24.013.
“Como la ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento”, aseveró el organismo en el comunicado.
Finalmente, pese a la derogación, se mantendrán el servicio informático denominado “Telegramas Laborales” que contiene la imagen digitalizada y los datos de la comunicación laboral enviada por los trabajadores a su empleador.